Andina

Ministerio de Trabajo cambia nombre de “Lurawi Perú” por “Llamkasun Perú”

Para beneficiar a población de zonas de desastres

Foto: ANDINA/Héctor Vinces.

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07:55 | Lima, ago. 10.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó hoy el Decreto Supremo 009-2023-TR, que crea el Programa de Empleo Temporal Llamkasun Perú, a fin de generar empleo temporal en beneficio de la población vulnerable.

De acuerdo con el documento publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, dicho programa reemplazará al programa laboral Lurawi Perú.




El objetivo de Llamkasun Perú será generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales dificultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres.

Además, buscará generar empleo temporal en las personas con discapacidad, y mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico.

Establece, asimismo, que dicho programa es una intervención pública focalizada de ámbito nacional.

Criterios de focalización


En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco del Sistema Nacional de Focalización (Sinafo), aprobará los criterios de focalización que utiliza el programa, considerando las características culturales y lingüísticas de la población, de acuerdo con la naturaleza de sus modalidades de intervención.


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Ello considerando que su población objetivo presente condiciones de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema, o enfrente especiales dificultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres.

Funciones


Señala que las funciones del programa serán promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográfica aplicable al programa y/o en el ámbito priorizado por el mismo.

Para ello deberá considerar las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema o que enfrente especiales dificultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias.

Esto se hará a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada con pertinencia social, cultural y lingüística.




Por último, se refiere que la implementación del presente decreto supremo se efectúa con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.


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(FIN) RGP/JJN
GRM

Publicado: 10/8/2023